Leo en Ars Technica que el Parlamento australiano ha aprobado una enmienda a su Ley de Telecomunicaciones de 1979 para obligar a los proveedores de servicio a almacenar durante dos años los metadatos de las comunicaciones de sus clientes, con el objetivo de combatir actividades criminales como la explotación infantil o el terrorismo. El cambio en la ley afecta a todos los ciudadanos australianos. Sin embargo, la nueva enmienda establece un régimen especial de garantías para la información periodística, en la que pasa a estar penado con dos años de prisión la revelación sobre ‘la existencia o no existencia’ de procedimientos de investigación (sección 182A), lo que en la práctica equivale a prohibir procedimientos como los «‘canarios cantores'» (‘jaulas de canario’), utilizados por muchos administradores de servidores informáticos para informar a sus usuarios sobre la existencia o no de inspecciones bajo autoridad judicial (un ejemplo real puede verse aquí. El gobierno australiano ha explicado que los datos obtenidos no serán utilizados para combatir las vulneraciones de copyright, aunque eso no ha impedido a los tribunales acceder a datos de navegación de los usuarios en litigios sobre compartición de ficheros con copyright. El texto de la enmienda aprobada está disponible en la web del Parlamento australiano. Si preferimos un resumen rápido, podemos consultar crikey.com. Más opiniones en Hacker News y en Slashdot. Una directiva similar sobre retención de datos aprobada en la Unión Europea en 2005 fue declarada inválida en 2014.